Después de desistirse de la demanda, la empresa Energía Andina S.A., presentó en el Ministerio de Energía el 1 de octubre de 2013, solicitud de "Explotación" geotérmica.
En su página Web, Energía Andina S.A. expone lo siguiente:
*Mis comentarios están en azul
Gran parte de las actividades de
exploración superficial ya están concluidas -investigaciones geológicas,
geoquímicas, hidrológicas y geofísicas- lo que ha permitido generar un
Modelo Geotérmico Preliminar del área y determinar la posible existencia
y ubicación de un reservorio geotérmico en profundidad.
Energía Andina S.A. hizo un trabajo de DOS AÑOS en 25 días, con la "ayuda" del actual director de la CONAF, Héctor Peñaranda. Los operarios de una empresa contratada por Energía Andina S.A., para realizar la exploración superficial, alojaron en número de 8 a 16 personas, durante 25 días en el Refugio de la Corporación Nacional Forestal(esto informado a través de correo electrónico por el Sr. Carlos Nassar Jefe del Departamento de Áreas Protegidas). No obstante, Energía Andina S.A. había indicado a través de Cartas que NO TRANSITARÍA por las Áreas Protegidas, pero durante 25 días se trasladaron desde el Refugio de la CONAF hasta el Cerro o Complejo Volcánico Chiguana, que "la entrada la haría por el sur", sin embargo, TODOS LOS DÍAS, transitaron por el Monumento y la Reserva.
También avanza el levantamiento de
información ambiental base, tanto de flora, fauna como de acuíferos en
el área de interés y sus alrededores.
Energía Andina S.A. DEBE de acuerdo a la Ley 19.300, realizar un ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL, NO "levantar información ambiental..."
La zona donde se emplaza este proyecto
tiene pocos habitantes, no obstante se están fomentando iniciativas
culturales, ambientales y de estímulo productivo. El mayor acercamiento
ha sido con los detentores de derechos de propiedad ancestral del predio
Pastal de Surire, la mayoría de los cuales tiene residencia en la
ciudad de Arica.
La "zona" aludida, es SURIRE, PROPIEDAD PRIVADA, y quienes "estan fomentando iniciativas culturales, ambientes y de estímulo productivo", son los integrantes de la Consultora AMBIOS de José Luis Galáz, ex gerente de áreas protegidas de CONAF, hoy trabaja para Energía Andina S.A., quien hizo el "mayor acercamiento" con $500 mil pesos, que pagaron a algunos propietarios y a otros que no lo son. Los propietarios de Surire, como la gran mayoría de los propietarios de la Provincia de Parinacota, viven en la ciudad de Arica, los que residen en la propiedad son los propietarios ganaderos que cuidan su ganado y el de los propietarios que están en Arica. Conmigo y con mis hermanos JAMÁS han hablado.
Paralelamente, se ha desarrollado un
proceso de comunicación continuo con autoridades regionales y locales,
con el objeto de informar acerca de las actividades de la compañía y las
características y potencialidades de la geotermia, que muestra un
alentador escenario de desarrollo en esta región altiplánica.
Deberían desarrollar la comunicación con los DUEÑOS DE SURIRE, y cuando se reúnen con las autoridades deberíamos estar también los PROPIETARIOS de SURIRE.
Por lo mismo, es necesario dejar en claro que la empresa Energía Andina S.A. NO se ha reunido JAMÁS con TODOS los propietarios de Surire. En una oportunidad, el Sr. Aldo Giavelli, ejecutivo de la empresa, llamó a mi casa, quería hablar solo conmigo, manifestando NO querer hablar con TODOS los propietarios JUNTOS porque "los insultábamos". Le pregunté porqué decía eso y me contestó que era porque no estábamos de acuerdo con lo que "nos planteaban", y eso por donde se mire NO es insulto.
Hoy, el proyecto Chiguana está próximo a entrar en la etapa de verificación del modelo geotérmico, que implica la construcción de un pozo geotérmico de pequeño diámetro, que permita comprobar si en profundidad se encuentran las condiciones necesarias de presión y temperatura para la existencia de un reservorio activo y económicamente viable".
El Ministerio de Energía debería EXIGIR, el cumplimiento REAL de exploración, porque Energía Andina S.A. tuvo 4 años para realizar la exploración geotérmica y NUNCA hizo los pozos y por documentos que obran en mi poder, anterior al proyecto Polloquere 1, el entonces Ministerio de Minería denegó varias solicitudes de prórroga de exploración solo porque las empresas no pudieron cumplir con la perforación de pozos por no haber conseguido la autorización de servidumbre de los dueños de los terrenos adjudicados, mismo caso nuestro.
Por lo mismo, es necesario dejar en claro que la empresa Energía Andina S.A. NO se ha reunido JAMÁS con TODOS los propietarios de Surire. En una oportunidad, el Sr. Aldo Giavelli, ejecutivo de la empresa, llamó a mi casa, quería hablar solo conmigo, manifestando NO querer hablar con TODOS los propietarios JUNTOS porque "los insultábamos". Le pregunté porqué decía eso y me contestó que era porque no estábamos de acuerdo con lo que "nos planteaban", y eso por donde se mire NO es insulto.
Hoy, el proyecto Chiguana está próximo a entrar en la etapa de verificación del modelo geotérmico, que implica la construcción de un pozo geotérmico de pequeño diámetro, que permita comprobar si en profundidad se encuentran las condiciones necesarias de presión y temperatura para la existencia de un reservorio activo y económicamente viable".
El Ministerio de Energía debería EXIGIR, el cumplimiento REAL de exploración, porque Energía Andina S.A. tuvo 4 años para realizar la exploración geotérmica y NUNCA hizo los pozos y por documentos que obran en mi poder, anterior al proyecto Polloquere 1, el entonces Ministerio de Minería denegó varias solicitudes de prórroga de exploración solo porque las empresas no pudieron cumplir con la perforación de pozos por no haber conseguido la autorización de servidumbre de los dueños de los terrenos adjudicados, mismo caso nuestro.
Porque como dice la empresa solo con los pozos geotérmicos pueden saber qué tipo de energía existe y si este es viable. Pero esto se debe realizar en la etapa de EXPLORACIÓN, como indica el artículo 6 de la Ley 19.657.
La empresa Energía Andina S.A. cambió el nombre de su proyecto de exploración POLLOQUERE 1, a un proyecto de explotación al cual denominaron CHIGUANA, nombre de un cerro que pretenden intervenir, el cual figura como deslinde de la Reserva Nacional Las Vicuñas.
De acuerdo a la ley 19.300 y su Reglamento con vigencia desde el 2013, artículo 3, letra p), y artículo 8, además del Convenio 169, el Estado DEBE consultarnos si queremos dicho proyecto geotérmico en nuestra propiedad.
Por último, el proyecto de explotación "CHIGUANA", considera la instalación de una planta geotérmica, ¿Qué hará Energía Andina S.A. si su proyecto geotérmico está ubicado en propiedad privada, y anteriormente habiéndonos demandado en tribunales por servidumbre NUNCA lo consiguió?